Prisión oficiosa y clasismo

José Luis Medina Lizalde.
José Luis Medina Lizalde.

Para el actual poder judicial, el libre albedrío del juez es el que debe imponer la prisión preventiva, no el catálogo de delitos graves para los cuales procede la prisión oficiosa.

Julio César “N”, ex presidente de Guadalupe, Zacatecas, debe estar que no cabe de gusto, ya no pisará la cárcel si lo agarran, cuando menos mientras dura el proceso penal al que sería sometido por el homicidio calificado del abogado Raúl Calderón, según la jurisprudencia emitida el 5 de abril del  presente por el pleno regional en materia penal y del trabajo de la región centro norte del poder judicial de la federación en la cual dispone que no sean detenidos los acusados de delitos graves y que sean otras las medidas cautelares las que se les apliquen.

Deben respirar tranquilos el Mayo Zambada, el Mencho, los Chapitos, Fco. Javier Cabeza de Vaca y todos los que se esconden acusados de delitos graves porque en caso de que los agarren, por lo pronto, los guardarán en su domicilio porque el poder judicial considera que más importante que lo que dispone el artículo 19 de nuestra constitución es lo que establece la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Para el actual poder judicial, el libre albedrío del juez es el que debe imponer la prisión preventiva, no el catálogo de delitos graves para los cuales procede la prisión oficiosa.

En mis tiempos de estudiante de derecho se suscitaban intensos debates entre los que creemos que un país soberano, en caso de contradicción entre sus normas fundamentales y las de un organismo internacional debe prevalecer la constitución del país y los que consideran que son de superior jerarquía las normas de un organismo internacional como es el caso de la CIDH en el caso que nos ocupa.

Soy de los que piensan que los que consideran más idónea la norma internacional que choca con la del país, deben pugnar por la armonización legislativa pero nunca convalidar una violación flagrante a la norma constitucional como lamentablemente lo hace el poder judicial con la jurisprudencia de marras

No están de acuerdo las fiscalías de nuestro país agrupadas en la Conferencia Nacional de procuración de justicia, mismas que suscriben la petición a la SCJN de que declare que debe prevalecer la Constitución en lo referente a la prisión preventiva oficiosa

Las rejas si matan

La lucha contra la prisión preventiva oficiosa inquietó hasta que cayeron en prisión peces muy gordos, la primera victoria que lograron fue la de eliminar de la lista de delitos con prisión preventiva oficiosa los cometidos por miembros de las elites, como la defraudación fiscal y todo ese universo de empresas fantasmas y factureras que nos es tan familiar a los mexicanos

La campaña contra la prisión preventiva facilitó sacar de la celda a “personalidades” como Rosario Robles, Juan Collado, Murillo Káram pero no les sirvió de mucho a los simples mortales tras las rejas como a Mario Aburto, homicida de Colosio, que está en espera de sentencia en primera instancia porque después de casi treinta años el poder judicial de la federación cayó en la cuenta que su delito era del fuero común, mientras tanto, el ya pagó hasta con intereses la pena máxima prevista en el código penal de Baja California vigente cuando ocurrió el asesinato , hay un amparo interpuesto por la defensa pero el poder judicial federal no tiene prisa, ni que fuera de alcurnia el tal Mario Aburto.

Lo que es innegable es que el poder judicial y la SCJN no han brindado a los mexicanos justicia pronta y expedita como es su deber constitucional, abundan los casos de gente inocente pudriéndose en prisión es espera de sentencia, pero pretender responder esta dolorosa realidad eliminando la prisión oficiosa para confiarle al juez la decisión, es ignorar la historia de complicidades.

La protección a Uriel Carmona, fiscal de Morelos, el descongelamiento de las cuentas de la esposa de García Luna y de Luis Cárdenas Palomino, el desinterés mostrado ante las sólidas evidencias aportadas por el periodista Ricardo Raphael de que la señora Cristina Wallace ha urdido una trama que mantiene a varias personas a prisión que han denunciado ser sometidas a salvajes torturas, son apenas los signos más visibles de lo aventurado de confiar en que los juzgadores actúan sin atender “estímulos”.

Boomerang

Norma Piña disparó un tiro que salió por la culata. Si es verdad el tráfico de influencias que describe el anónimo que incrimina a más de 60 jueces y magistrados, la reforma judicial es una urgencia, si se trate de un golpe artero con fines electorales, la reforma judicial es una urgencia, en ese sentido, la controversia que dirimen jueces y fiscales en torno a la prisión oficiosa deberá alentar la libre discusión que aborde como un todo inseparable, el estado de cosas en fiscalías, poder judicial y régimen carcelario.

Nos encontramos el jueves en Recreo

[email protected]@luismedinalizalde




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