

Abogado Jorge Rada Luévano. | Foto: Cortesía.
El abogado Jorge Rada Luévano afirmó que el fallo de la Suprema Corte sobre la reforma al Issstezac deja al descubierto información falsa difundida por autoridades estatales.
ZACATECAS.– El abogado Jorge Rada Luévano, representante legal de trabajadores y pensionados afectados por la reforma a la Ley del Issstezac, reconoció la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declaró inconstitucionales diversos artículos de la norma y afirmó que el instituto y el gobierno estatal deben rectificar las “mentiras” difundidas en los últimos meses.
La SCJN resolvió la acción de inconstitucionalidad promovida por el gobierno federal y invalidó los artículos 128 y 128 Bis, los cuales condicionaban el pago de prestaciones y el cumplimiento de obligaciones del Issstezac a su supuesta “capacidad financiera”.
De acuerdo con el máximo tribunal, esas disposiciones contravenían principios constitucionales en materia de seguridad social y derechos laborales.
En contraste, la Corte mantuvo la validez del artículo 74, que reduce el aguinaldo de pensionados de 60 a 30 días, aunque este punto ha generado inconformidad entre los derechohabientes. Ante este escenario, Rada Luévano sostuvo que la interpretación oficial del gobierno estatal y del propio Issstezac ha generado confusión, al difundir mensajes que distorsionan el alcance real del fallo judicial.
El abogado señaló que estas declaraciones han tensado el clima entre trabajadores y pensionados, quienes exigen certeza jurídica, respeto a sus derechos adquiridos y una rectificación pública de la información difundida por las autoridades.
Rada urgió a las autoridades estatales a transparentar el contenido jurídico de la sentencia y a poner fin a campañas de desinformación que, advirtió, debilitan la confianza de afiliados y jubilados en el sistema de seguridad social.
Paralelamente, organizaciones de jubilados han acompañado la estrategia legal con protestas y la presentación de recursos ante la SCJN, con el objetivo de reafirmar que la seguridad social es un derecho fundamental y no un beneficio condicionado al presupuesto.
Con este fallo, la Corte establece un precedente relevante sobre los límites de las facultades estatales para modificar prestaciones sociales y obliga a revisar la narrativa pública en torno a un tema tan sensible como las pensiones y la seguridad social en Zacatecas.