Consulta popular 

La Ley Federal de Consulta Popular, es un instrumento jurídico democrático que viene a fortalecer el valor de la soberanía de la nación y tiene como objetivo trascendente vincular al poder legislativo y ejecutivo sobre los temas sociales y políticos más importante de la nación mexicana. Temas como la reforma energética y sus respectivas leyes … Leer más

La Ley Federal de Consulta Popular, es un instrumento jurídico democrático que viene a fortalecer el valor de la soberanía de la nación y tiene como objetivo trascendente vincular al poder legislativo y ejecutivo sobre los temas sociales y políticos más importante de la nación mexicana.

Temas como la reforma energética y sus respectivas leyes secundarias serán sometidos a consulta popular, sin menoscabo de la aprobación mayoritaria de las dos cámaras legislativas.

Con el voto de los ciudadanos en las urnas se terminará con la dictadura del ejecutivo y del parlamento, inclusive también con el poder judicial porque éste emite tesis de ciencia jurídica vinculadas a expresiones deónticas de permisión, prohibición y mandato.

La condición sine qua non para que una norma sea vinculatoria para ambos poderes será que participe el 40% de la lista nominal de electores, que la propuesta la haga el ejecutivo federal o estatal, el 2% de los ciudadanos o bien el 33% de los miembros de la cámara legislativa.

El rol que jugarán los ministros de la Corte consistirá en definir la constitucionalidad de la preguntas, se prohíbe publicitar los programas de gobierno y será el Instituto Nacional de Elecciones encargado de organizar la consulta y quien tendrá la potestad de organizarla.

Al igual que el voto, la consulta popular será obligatoria, asimismo los mexicanos radicados en el extranjero podrán votar sobre las cuestiones de mayor trascendencia del país.

Sin embargo queda un poco ambiguo el objeto de la consulta ya que se tendrá que valorar qué actos jurídicos y administrativos tienen el carácter de trascendencia, aunque esto lo tendrá que connotar la Corte Mexicana, quien tendrá en un momento dado e control de la soberanía.

No obstante que en la ley federal se le proporciona una potestad constitucional al ejecutivo impulsando con ello el presidencialismo, para proponer los temas serán finalmente los ministros de la Corte quienes definirán la constitucionalidad de los mismos.

La excepción confirma la regla y serán temas intocables en la consulta popular el relativo a la seguridad nacional, la ley de ingresos, la progresividad de los derechos humanos y lo relativo a temas de las fuerzas armadas, sin lugar a dudas que la reforma energética se llevará a consulta.

No debe verse como una amenaza la consulta popular, sino como una oportunidad de fortalecer las determinaciones y los actos del poder legislativo y del ejecutivo.

Ya que el contrato social implícito en la constitución tiene la oportunidad de realizar sus reflujos entre la autoridad y el gobernado en un sentido laxo y más abierto a la participación. La democracia de esta manera se fortalece y motiva a la población a decidir su propio destino.

 

Imagen Zacatecas – Sergio García Castañeda