Maternidad subrogada

Hace 18 años, en el estado de Tabasco se legisló a favor de la maternidad subrogada. En el Código Civil para el Estado de Tabasco de 1997 se autorizó la renta de úteros, pero sin un control real sobre cada nacimiento ni seguimiento de los niños y con un gran vacío en su reglamentación.  Creció … Leer más

Hace 18 años, en el estado de Tabasco se legisló a favor de la maternidad subrogada. En el Código Civil para el Estado de Tabasco de 1997 se autorizó la renta de úteros, pero sin un control real sobre cada nacimiento ni seguimiento de los niños y con un gran vacío en su reglamentación. 

Creció una gran industria de la renta de úteros. Incluso se llegó a promocionales en espectaculares y pinta de bardas en el medio rural. 

En el estado de Tabasco, la gran mayoría de los que rentan úteros son extranjeros y no se tiene seguimiento de los niños a qué país van a parar, ni las condiciones de salud, ni bienestar. 

En Zacatecas ya se empezó con esta práctica de renta de úteros gestantes, pero sin ninguna reglamentación jurídica al respecto.

Este negocio tan lucrativo creció a gran escala a nivel mundial que especialistas en el tema cuestionen el respeto a los Derechos Humanos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la Convención de los Derechos de los Niños, por lo que se tendrá que regular la renta de úteros en el país, sino se presentará un problema de trata de personas como en el caso de la prostitución.

A nivel nacional se llevó acabo el foro Maternidad Subrogada: Explotación de Mujeres con Fines Reproductivos, celebrado en la Cámara de Diputados, por lo que es momento de atender esta situación que consideró una nueva forma de trata de personas ya que cumple con los postulados de ésta.

Recientemente el Senado de la República aprobó modificar la Ley General de Salud, a fin de regular la renta de úteros, donde se autoriza la gestación subrogada pero sin fines de lucro y únicamente entre mexicanos bajo estricta supervisión e indicación médica. 

Con propuesta de pena de cárcel de seis a 17 años cuando se realice con fines de lucro o esté involucrado algún extranjero, así como al personal de salud que participe o incurra en actos ilícitos en esta materia se le suspenderá de su ejercicio profesional de cinco hasta ocho años.

Una vez publicada esta Ley en el Diario Oficial de la Federación se tendrá que publicar su Norma Oficial Mexicana para ver su funcionamiento en el Sistema Nacional de Salud y así evitar una nueva forma de explotación a la mujer que ante la necesidad económica participe en la renta de úteros con fines de lucro.

Imagen Zacatecas – Joel Correa Chacón




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